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“La vida no es sino una continua sucesión de oportunidades para sobrevivir”, dijo Gabriel García Márquez. Sin embargo, transitar acompañados algunos caminos puede marcar la diferencia entre el éxito o el fracaso. www.freyreprevisional.com.ar es una guía de consulta permanente acerca de los temas previsionales, jubilaciones y pensiones que informa, presenta soluciones, aclara dudas y resuelve situaciones relacionadas con estos beneficios. Lo invitamos a recorrer nuestra página convencidos de que juntos, encontraremos la respuesta que usted esta necesitando! |
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Desde 1973 allanando el camino hacia su jubilación y pensión |

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Libre Opción Jubilatoria
Nueva Ley Previsional 26.222 Desde el 12 de abril de 2007, todos los trabajadores que aportan al sistema de seguridad social tienen la libertad de elegir qué sistema jubilatorio quieren y creen que necesitan para su futuro. Tienen 180 días hábiles para ejercer la opción, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2007.
Cada trabajador que aporta al sistema de la seguridad social puede elegir si sus aportes van al Estado (Sistema Público de Reparto) o a una AFJP (Sistema de Capitalización). Dichos aportes junto al sistema elegido determinan la futura jubilación del trabajador. |
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AUMENTAN UN 15% LAS JUBILACIONES Y PENSIONES Será en dos veces para todas las escalas: un 7,5% en marzo y el resto a partir de julio próximo. La mínima tendrá un piso de $655 y $690 respectivamente. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informa que a partir de marzo todos los haberes de los jubilados y pensionados nacionales subirán un 7,5% y un porcentaje similar en julio próximo. El gobierno resolvió que la jubilación mínima tenga un piso de $655 a partir de marzo. Cuando se efectivice el 7,5% restante, en julio próximo, el haber mínimo llegará a $690. Si se contabiliza el subsidio sanitario de $45 que otorga mensualmente el PAMI, la jubilación mínima, a partir del mes próximo será de $ 700. El aumento alcanza a 5.565.000 beneficios, entre los que se incluyen jubilados y pensionados nacionales, tanto del Régimen de Reparto como quienes poseen componente público en el Régimen de Capitalización, pensiones no contributivas y jubilados de cajas transferidas. |